¿Quiénes somos?

El Consejo Cantonal de Protección de Derechos de Puerto Quito, es un Organismo colegiado de Derecho Público de nivel cantonal integrado paritariamente por representantes del Estado y de la Sociedad Civil.

Misión

El Consejo Cantonal de Protección de Derechos de Puerto Quito es el organismo gubernamental y rector, de entorno paritario, autónomo y participativo que define, vigila y exige la aplicación de las Políticas Públicas en temas de Género, Étnico/Cultural, generacional, discapacidad y Movilidad Humana para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los seres humanos a través de la articulación y movilización de actores sociales e institucionales en el marco de la Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad.

Visión

El consejo Cantonal de Protección de derechos de Puerto Quito Implantara, vigilara y garantizara la ejecución de políticas públicas para el pleno ejercicio de derechos de los diferentes grupos de atención prioritaria fortaleciendo su participación en la sociedad y la organización comunitaria; articulando la coordinación y acción de organismos públicos y privados, relacionadas a la política de la igualdad.

Naturaleza Jurídica

El consejo Cantonal de Protección de Derechos de Puerto Quito, en adelante CCPD-PQ, es un organismo paritario de nivel cantonal integrado por representantes del Estado y de la Sociedad Civil. Ejerce atribuciones de formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas municipales de protección de derechos, articuladas a las Políticas Públicas de los consejos Nacionales para la igualdad. Será la entidad coordinadora del Sistema de protección de Derechos del Cantón. Goza de personería jurídica de derecho público.

Atribuciones

El Consejo Cantonal de Protección de Derechos de Puerto Quito tendrá las siguientes atribuciones:

Formular

Políticas públicas cantonales relacionadas con las traticas de género, étnico/ intercultural, generacional, movilidad humana, discapacidad; articulada a las políticas públicas de los Consejos Nacionales de Igualdad.

Transvezalizar

las políticas de género, étnico/ intercultural, generacional, movilidad humana, discapacidad, en las instituciones públicas y privadas del cantón.

Observar

Vigilar y activar mecanismos para exigir el cumplimiento de los derechos individuales y colectivos en la aplicación de los servicios públicos y privados relacionados con las políticas de igualdad.

Hacer seguimiento

y evaluación de la política pública para la igualdad.

Coordinar

con las entidades rectoras y ejecutoras con los organismo especializados, así como con las redes interinstitucionales de protección de derechos.

Promover

la conformación y fortalecimiento de la Defensorías Comunitarias y consejos consultivos de titulares de derechos.